Las dificultades para sesionar llevaron al Gobierno a definir la prórroga de la suspensión de la movilidad jubilatoria por medio de un decreto.

 

Por medio del Decreto 542/2020 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el gobierno de Alberto Fernández prorrogó, por otros 180 días y hasta el 31 de diciembre de este año, la suspensión del artículo 32 de la ley 24.241 que define la movilidad jubilatoria.

La suspensión de la movilidad jubilatoria había sido incluida en la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva sancionada en sesiones extraordinarias en diciembre pasado y preveía que en el plazo de 180 días el Estado contaría con una nueva fórmula para calcular el ajuste de los haberes jubilatorios. Sin embargo la irrupción de la pandemia de coronavirus Covid-19 alteró toda agenda política y parlamentaria y recién en las últimas semanas comenzó a funcionar la Comisión de Movilidad Previsional de legisladores y funcionarios que tiene por objetivo definir el nuevo esquema de actualizaciones.

Aunque se daba por descontada la prórroga se preveía que por cuestiones políticas se diera por medio de una ley sancionada en el Congreso, sin embargo las dificultades para sesionar en el Parlamento obligaron al Ejecutivo a sacarla por medio de un decreto.

De esta manera los ajustes trimestrales que corresponden a septiembre y diciembre próximos seguirán siendo fijados por el Ejecutivo por decreto tal como sucedió en marzo y junio.

En el artículo 1 del decreto el gobierno fija la prórroga de la suspensión de la movilidad jubilatoria hasta el próximo 31 de diciembre y señala que "durante este período el Poder Ejecutivo Nacional determinará el incremento de los haberes previsionales correspondiente al régimen general de la Ley Nº 24.241 con el fin de preservar el poder adquisitivo de los mismos, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios y las beneficiarias de menores ingresos". (m1)

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