Ingreso Familiar de Emergencia para Pueblos Originarios.

 

Mediante la Resolución 2020-4 que emitió el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas –INAI-,publicada en el Boletín Oficial, el organismo articulará acciones con la Administración Nacional de la Seguridad Social –ANSES- para el pago del Ingreso Familiar a Pueblos Originarios.

Las instituciones comenzaron realizando un relevamiento integral en las comunidades indígenas del país y emitiendo informes técnicos a los fines de asegurar la efectiva prestación del derecho económico denominado “INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA” (IFE).

La medida se da tras las consecuencias económicas de la cuarentena dispuesta mediante el Decreto N° 260/2020, a través del cual el PODER EJECUTIVO NACIONAL amplió la emergencia pública en materia sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

“La intención del Gobierno Nacional es que ningún argentino en situación de vulnerabilidad quede exento y en atención a la ampliación de las últimas medidas que se ha tomado. El objetivo es que accedan a este derecho las personas comprendidas en el decreto del Poder Ejecutivo”, explicó la Presidenta del INAI, Magdalena Odarda.

En función de lo acontecido, Odarda explicó que “El Ingreso Familiar de Emergencia será de DIEZ MIL PESOS ($10.000) y lo percibirá UN (1) integrante del grupo familiar en el mes de abril, si bien la ayuda podrá ser prorrogada por el gobierno en caso de ser necesario. El IFE deberá ser solicitado ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que pondrá a disposición de todas las personas interesadas un formulario en los primeros días de abril”.

Para acceder a este derecho, el INAI convocará al CONSEJO DE PARTICIPACIÓN INDÍGENA a fin de implementar las medidas necesarias para operativizar un relevamiento. La compilación de datos se efectuará de manera electrónica y por otros medios idóneos que determine la Dirección de Desarrollo de Comunidades Indígenas y se coordinará para su efectiva carga conforme el procedimiento determinado por la ANSES. También, mediante la presente Resolución se facultó a la DIRECCION DE DESARROLLO DE COMUNIDADES INDÍGENAS, a emitir informes técnicos sobre las bases del relevamiento de datos que pueda colaborar.

Paralelamente la Presidenta del INAI resolvió llevar a cabo un relevamiento de todas las hermanas y hermanos que tendrán acceso a este derecho para que ni una sola familia indígena quede fuera del alcance de esta política pública.

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