Tras la reunión convocada por el Defensor del Pueblo, IOMA y la AMP firmaron un acuerdo para retrotraer la relación entre las partes al 6 de julio de 2020, por lo tanto continúa vigente el convenio prestacional.

 

Además, en un plazo de sesenta días se negociará un nuevo convenio.
En el encuentro participaron el presidente de IOMA, Homero Giles; el Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino y el presidente de la Agremiación Médica Platense, Jorge Varallo, entre otros.
El acuerdo incluye la discusión relativa al nomenclador de prácticas y la inclusión de módulos COVID-19, como así también el compromiso de la AMP de incluir un dispositivo de auditoría mixto.
También estuvieron presentes, entre otros funcionarios de IOMA, el jefe de Gabinete, Mariano Cardelli; el Director General de Administración Gustavo Martínez; y el director de Relaciones Jurídicas, Mauro Pagliuca.
La nota lamentable de la jornada fue, finalizada la reunión y en plena vía pública, la actitud de una docena violentos que agredieron a funcionarios de la obra social y de la Defensoría.

Texto completo del acuerdo

ACTA ACUERDO

En la ciudad de La Plata, el día 16 de julio de 2020, reunidos los Sres. GUIDO MARTÍN LORENZINO MATTA, Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires; HOMERO GILES, Presidente del Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (IOMA); JORGE VARALLO, Presidente de la Agremiación Médica Platense (AMP); BARRALES JULIÁN, Vicepresidente de la AMP; GUILLERMO BURRY, de la Mesa de Enlace; MARTÍN CESARINI, de la Mesa de Enlace; y MARIANA MESO, de la Mesa de Enlace, en calle 50, N° 687, sede de la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, siendo las 13 horas, a fin de gestar un marco conciliatorio en virtud de los diferendos generados en las semanas previas entre el IOMA y la AMP, acuerdan: 

a.- Retrotraer la relación entre las partes a la vigente al 6 de julio de 2020. En dicho sentido, se comprometen a mantener la vigencia del convenio prestacional entre el IOMA y la AMP, en las condiciones antedichas, y por un plazo ventana de sesenta (60) días, hasta la suscripción de un nuevo convenio prestacional. La manutención del convenio prestacional vigente a la fecha indicada, implica garantizar la cobertura médica/prestacional a todos/as los/as afiliados/as del IOMA;

b.- Ambas partes se comprometen a iniciar las negociaciones para, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días, redactar y suscribir un nuevo convenio, cuya redacción y contenido contemple la inclusión de la jerarquización de los honorarios médicos; la discusión relativa al nomenclador de prácticas; y la inclusión de módulos COVID-19, aplicables a abril de 2020. La AMP se compromete a acordar e incluir en el mentado convenio prestacional, un dispositivo de auditoría mixto;

c.- Las partes acuerdan que el IOMA realizará una preliquidación de las prestaciones presentadas a instancias de la proforma y, aprobada la misma, se efectuará el pago a través de la AMP, que tendrá la obligación de acreditar el destino adecuado de los fondos y su efectiva distribución;

d.- El IOMA se compromete, a partir de la firma de la presente, a abonar las prestaciones correspondientes al mes de abril de 2020, el día martes 21 de julio de 2020. Asimismo, se compromete a regularizar oportunamente el pago del mes de mayo de 2020. La presente cláusula queda sujeta al refrendo al que hace mención el inciso e);

e.- Los términos de la presente acta se refrendarán dentro del plazo perentorio e improrrogable de veinticuatro (24) horas, tanto por el Directorio del IOMA, como por la Asamblea de Representantes de los Médicos, compuesta por las Asociaciones de Profesionales, y las Sociedad Científicas;

f.- El refrendo contemplado en el inciso precedente deberá ser notificado en forma fehaciente en los domicilios constituidos por las partes dentro del mismo plazo al que hace referencia el inciso d).

g.- A todo efecto, las partes constituyen los siguientes domicilios: Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, calle 50 N° 687; AMP, 6 N° 6137; IOMA, calle 46 N° 886. Leída la presente, se firman 3 ejemplares.

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