En la causa de la Reserva de Biosfera en Mar Chiquita.

 

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata resolvió dejar sin efecto las “sanciones conminatorias” al intendente Carlos Ronda, en el marco de la causa que apuntaba a la falta de un normal funcionamiento en la protección de la Reserva de Biosfera Parque Atlántico Mar Chiquita.

Cabe recordar que según una resolución dictada en marzo pasado por el Juez Néstor Salas, a cargo del amparo presentado por la Asamblea en Defensa de la Reserva de Biosfera, el jefe comunal de la ciudad bonaerense de Mar Chiquita, Carlos Ronda, debía pagar una multa de 3000 pesos por cada día de retardo hasta que no se llevan adelante acciones que importen el funcionamiento efectivo del comité de gestión de la reserva.

En ese momento, la comuna se aportó toda la documentación de la labor realizada por el Comité de Gestión, pero el juez consideró que lo expuesto no fue suficiente. Por tal motivo, desde la gestión Ronda presentaron una apelación a la sentencia.

Ahora fue la justicia, a través de la Cámara de Apelación, quien consideró que las acciones desarrolladas no se interponían en la conservación de las áreas protegidas del distrito, sino que, por el contrario, la intendencia venía desarrollando desde el año 2015 acciones concretas para poner en marcha el Comité de Gestión de la Reserva, entre otras propuestas que a futuro permitirían un continuo desarrollo en distintos ejes de trabajo.

De esta manera es que queda sin efecto la multa por un valor de 3 mil pesos diarios que había sido impuesta en su momento y se reconoce la nulidad de la resolución inicial.

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