Establece que 24 ciudades del país sean consideradas para realizar allí reuniones con parte del Gabinete nacional, autoridades locales y organizaciones de la sociedad civil y, de esta manera, desconcentrar y descentralizar la gestión de instituciones y organismos nacionales.

 

A través de Decreto 974/2020, publicado en la edición de este viernes del Boletín Oficial, se promulga la Ley Nº 27.589 –sancionada el 11 de noviembre pasado– con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro.

La ley declara “capitales alternas” a 24 ciudades por los próximos cuatro años y pretende agilizar un esquema de reuniones en las provincias entre funcionarios locales y nacionales.

Los distritos son La Matanza y General Pueyrredón (Buenos Aires), Rosario (Santa Fe), Río Cuarto (Córdoba), Bariloche (Río Negro), Comodoro Rivadavia (Chubut), Concordia (Entre Ríos), Orán (Salta), Río Grande (Tierra del Fuego), General Pico (La Pampa), Guaymallén (Mendoza) y las capitales de Formosa y San Luis.

También figuran Oberá (Misiones), Tinogasta (Catamarca), Roque Sáenz Peña (Chaco), Goya (Corrientes), San Pedro (Jujuy), Chilecito (La Rioja), Cutral Có (Neuquén), Caucete (San Juan), Caleta Olivia (Santa Cruz), La Banda (Santiago del Estero) y Monteros (Tucumán).